Mientras Europa castiga el abuso de datos biométricos, a los chilenos se les exige y nadie dice nada

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impuso una multa de 96 mil euros (unos USD 104 mil) a la cadena de gimnasios Supera, por utilizar reconocimiento facial como única forma de ingreso, sin obtener un consentimiento explícito, libre e informado por parte de los usuarios.
La denuncia fue presentada por la organización Facua – Consumidores en Acción, que advirtió en 2023 que Supera había implementado este sistema sin ofrecer alternativas. Según la resolución, se vulneró el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece que los datos biométricos utilizados con fines de identificación están dentro de las categorías especialmente protegidas y no pueden tratarse sin cumplir con exigencias estrictas.
Supera reconoció su responsabilidad y optó por pagar de forma voluntaria, lo que permitió reducir el monto original de las sanciones, que ascendían a 160.000 euros.
En Chile: misma práctica, sin regulación
El caso pone en evidencia un escenario preocupante: en Chile, el uso obligatorio de reconocimiento facial en gimnasios también se está implementando, pero sin ninguna regulación moderna que lo limite ni fiscalización estatal que lo supervise.
Varias cadenas en el país ya operan con sistemas de ingreso biométrico, donde el rostro es exigido como única forma de acceso, sin que se entreguen alternativas ni información clara sobre el tratamiento de esos datos. En muchos casos, los usuarios no tienen opción: deben ceder su información facial o perder el servicio por el que pagan.
La ley chilena de protección de datos personales data de 1999, no contempla de manera específica el tratamiento de datos biométricos, y el Consejo para la Transparencia no tiene atribuciones suficientes para fiscalizar a empresas privadas en esta materia.
A diferencia de lo que ocurre en Europa, donde las autoridades pueden investigar, sancionar y obligar a las empresas a corregir sus prácticas, en Chile los ciudadanos carecen de mecanismos efectivos de protección frente al uso abusivo de sus datos sensibles.
Un vacío legal crítico
La expansión del reconocimiento facial en gimnasios chilenos, en un contexto de ausencia de normativa y supervisión, deja a los usuarios expuestos. Tampoco existe obligación de informar sobre cómo se almacenan estos datos, quién los gestiona, si son compartidos con terceros o cuánto tiempo se conservarán.
Lo que en Europa constituye una infracción sancionada, en Chile ocurre sin cuestionamiento legal, institucional ni público. La biometría avanza como estándar, incluso en actividades cotidianas como ir al gimnasio, sin que las personas tengan opciones reales ni garantías sobre su privacidad.